16 de agosto de 2010

Resolución de las becas para libros de texto y material didáctico

La Comunidad de Madrid está comenzando a enviar mensajes a los móviles de los padres informando sobre la resolución de las becas para libros de texto y material didáctico. La orden 4178/2010 de 30 de julio por la que se resuelve la convocatoria de becas de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2010/2011 ha sido publicada en el BOCM. (A la hora de publicar esta noticia el enlace en la página web de la Comunidad de Madrid no funciona correctamente).

En la resolución se explica que los alumnos no beneficiarios son aquellos alumnos admitidos a los que, habiendo presentado la documentación conforme a la Orden 1333/2010, de 11 de marzo, por la que se aprueban las bases y se convocan becas de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2010/2011, no se les concede la beca por superar el umbral de renta per capita establecido para esta convocatoria en 6.951,72 euros.

Para consultar si el alumno ha sido admitido se puede hacer en el siguiente enlace: Consulta familiar de beneficiarios, no beneficiarios y excluidos

El importe a percibir por los beneficiarios será:

-Educación Infantil (curso 3º del segundo ciclo),40 euros
-Educación Primaria, 104 euros
-Educación Secundaria, 110 euros

Recordamos que esta beca podían solicitarla aquellos alumnos que en el curso 2010/2011 fuesen a cursar estudios en cualquier centro docente de la Comunidad de Madrid autorizado por la Consejería de Educación y en alguno de los siguientes cursos:
• 3º del segundo ciclo de Educación Infantil.
• 1º a 6º de Enseñanza Primaria.
• 1º a 4º de Enseñanza Secundaria Obligatoria.

Como podemos comprobar la Comunidad de Madrid ha ido recortando los cursos en los que se pueden solicitar las becas, pues hace tres años se podían solicitar desde el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil y las cuantías de la misma eran más elevadas....

El pago se realizará mediante tarjeta prepago. Las tarjetas estarán expedidas a nombre de la madre, del padre o del tutor del alumno beneficiario, según se haya indicado en la solicitud.

Cada tarjeta-monedero estará cargada con el importe de la beca de cada alumno beneficiario, y estarán a disposición de las familias en las secretarías de los centros docentes que indicaron en la solicitud (para cada alumno) a partir de las primeras semanas del mes de septiembre.

En el caso de alumnos que no presentaron la solicitud en centros docentes o que, sea cual fuere la causa, no se encuentran vinculados a ningún centro, las tarjetas se entregarán en la Dirección de Área Territorial que en los listados figura como centro de referencia. En el caso de los hermanos, se entregará la tarjeta de cada uno en cada centro que se haya indicado en la solicitud.

No procederá el abono de la ayuda al alumnado que repita curso en 2010/2011, aun cuando figuren
incluidos en la relación de beneficiarios.

Aquellos alumnos que no hayan resultado beneficiarios de las ayudas podrán presentar un recurso desde el 14 de agosto hasta el 13 de septiembre de 2010, ambos inclusive.

Lugar de presentación: en cualquier Dirección de Área Territorial de la Consejería de Educación, en la Oficina de Información de la Consejería de Educación o en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

Impreso de recurso: el modelo de recurso se podrá obtener a través de esta página, en las secretarías de los centros docentes que permanezcan abiertos, en las Direcciones de Área Territorial o en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/ Gran Vía, 20 de Madrid).

Direcciones de Área Territorial (DAT) de la Consejería de Educación:

-DAT Capital, C/ Vitruvio nº 2, Madrid.
-DAT Norte, Avda. Valencia s/n, San Sebastián de los Reyes.
-DAT Sur, C/ Maestro nº 19, Leganés.
-DAT Este, C/ Alalpardo, s/n, Alcalá de Henares.
-DAT Oeste, antigua carretera de la Granja s/n, Collado Villalba

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